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Deseable evitar una crisis constitucional. Hay una propuesta en la mesa

Foto tomada del sitio web de la SCJN
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Posibilidad de una salida a la crisis constitucional. La reforma constitucional del sistema judicial recientemente aprobada ha sido suspendida por algunos jueces e impugnada por partidos políticos ante la SCJN.

El poder ejecutivo y legislativo han manifestado que el poder judicial no puede ni suspender provisionalmente ni opinar sobre un cambio constitucional; y que, si determina algo al respecto, no será acatado. Uno de los ministros de la SCJN está presentando al pleno de la Corte un proyecto que busca dar salida a este inédito enfrentamiento entre poderes. No es claro si la Corte atenderá la propuesta de autocontención planteada por González. Lo que sí es necesario es que los tres poderes muestren disposición para alcanzar un acuerdo.

La reforma judicial aprobada por el congreso federal y una amplia mayoría de los congresos locales ha sido impugnada por diversos actores políticos, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Ya antes hemos comentado que se trata de una mala reforma, pues no ataca los problemas de corrupción e impunidad que prevalecen en México y fue realizada apresuradamente y con notorios descuidos.

Además de ineficiente, la elección popular de jueces, magistrados y ministros, única en el mundo, equivoca el sentido de la función judicial, que no es representar a la ciudadanía sino a la ley. Adicionalmente, los bajos requisitos para los candidatos y el escaso tiempo para implementar la primera versión, extraordinaria, de una elección judicial, politizan el resultado, pues la elección popular será preconfigurada por las listas de candidatos, en manos de comités dominados por Morena.

La interrogante que surge de la impugnación presentada a la Corte es si una reforma a la constitución puede ser declarada inconstitucional, ya sea por faltas de naturaleza procedimental en su proceso legislativo y/o por el fondo de su contenido, que podría ir en contra de otros artículos de la Constitución (como los que garantizan la protección de derechos humanos, por ejemplo, o los que establecen la división de poderes autónomos, para garantizar un mecanismo de control entre ellos, o los que comprometen al país a cumplir con los tratados internacionales firmados.

Previo a que la Corte se pronuncie sobre esta cuestión, varios jueces emitieron órdenes de suspensión en contra de la reforma, para evitar que los preparativos de la primera elección extraordinaria de juzgadores -prevista para junio de 2025- siga avanzando. Ante esas suspensiones, el Congreso y la Presidenta han decidido desacatar a los representantes del poder judicial, con el argumento de que éste no tiene autoridad para pronunciarse sobre una reforma constitucional legítima. Y que la Corte misma, en última instancia, no puede declarar inconstitucional a una norma que ya ha sido incorporada a la constitución.

Para robustecer esa posición, una nueva reforma constitucional presentada por Morena, y actualmente en acelerado proceso de autorización, prohibiría expresamente a la Suprema Corte de Justicia valorar la constitucionalidad de una reforma constitucional y combatiría el principio de no retroactividad, para atajar la posibilidad de que las impugnaciones ya en curso en contra de la reforma judicial prosperasen.

Es muy probable que de aprobarse esta nueva reforma también sea impugnada por diversas fuerzas políticas, pues iría en contra de la función primordial de la Suprema Corte de Justicia, establecida por la propia Constitución, que es la interpretación de la Constitución, en última instancia.

Los poderes legislativo y Ejecutivo han señalado que no acatarán una eventual decisión de la SCJN de invalidar todo o partes de las dos reformas mencionadas. Después de la Corte ya no habría ninguna instancia con autoridad para dirimir este diferendo entre poderes. Esta situación de desacuerdo fundamental e irresoluble en la interpretación de las facultades y alcances de cada autoridad y de la constitución misma constituye una crisis constitucional.

Hace unos días, la Corte aceptó revisar las impugnaciones a la reforma judicial ya aprobada. Este
lunes se hizo público el proyecto de sentencia que el pleno de la Corte votará la próxima semana. El ministro proyectista, González Alcántara, argumenta que la Corte es competente para conocer del tema impugnado en su parte referida a lo electoral (la elección de jueces), que los que presentan lo hicieron en tiempo y forma (excepto por los actores locales).

Subraya que una norma general, por más que sea parte de la constitución, no toma precedencia sobre ella, que al impugnar elementos diversos de la reforma debe asumirse que la impugnan enteramente dado que se trata de un sistema normativo indisoluble e interconectado, que la Corte no está impedida para modificar los criterios de interpretación sostenidos en sus precedentes, siempre que se expliquen las razones.

Centralmente, el proyecto encuentra inconstitucional e improcedente la elección de juzgadores. González Alcántara propone a la Corte “autocontención” para evitar que continúe la actual crisis constitucional. A partir de ese argumento propone no detener la elección popular de los ministros de la Corte, mediante el polémico esquema establecido en la reforma. Pero declara inconstitucional la elección de los otros miles de jueces y magistrados del país.

El pleno de la Corte someterá a voto este proyecto la próxima semana y, para autorizarlo, se requerirá una mayoría calificada de ocho votos, del total de los once ministros que integran el pleno. No es claro cómo se definirá esa votación. Si el proyecto fuera aprobado, es incierto si los poderes legislativo y Ejecutivo lo acatarían. A juzgar por sus recientes declaraciones, no lo aceptarían. No obstante, hay aún la posibilidad que también muestren autocontención, y pueda resolverse esta inédita crisis entre poderes.

Fuente: Citibanamex Estudios Económicos con información de SCJN.