Última actualización el noviembre 8, 2024
Tiempo de lectura: 3 minutosCuando una autoridad se niega a cumplir una sentencia judicial, se pierde la certeza jurídica y se anula el Estado de Derecho. Conviene no olvidarlo.
Resolvió la Corte el dilema jurídico relacionado con las impugnaciones interpuestas en contra de la Reforma Judicial y, la amenaza de crisis constitucional, se esfumó. La demolición del Poder Judicial continuará su marcha hasta el final, como lo calculó, decidió y ordenó el, entonces, jefe del Ejecutivo Federal, como parte de su Plan C. Todo en un martes, ciertamente negro.
Una auténtica manzana envenenada, como legado, al gobierno sucesor, concebida como revancha en contra de quien se atrevió a emitir resoluciones que, en su momento, impidieron aplicar leyes o realizar actos de gobierno que resultaban abiertamente inconstitucionales, de forma y fondo.
Sin más argumento que una supuesta corrupción generalizada en la SCJN y en el Poder Judicial, todo, se maquinó la destitución de la totalidad de los ministros, magistrados y jueces, a quienes, indiscriminadamente, se les acusó de deshonestidad, sin más pruebas que los dichos del poderoso. Con ánimo innovador, la Reforma Judicial además de acabar con la nunca documentada corrupción, plantea la democratización de la justicia y de sus juzgadores.
Para lograr esto, ahora será el voto popular el que decida quiénes se encargarán de hacer justicia, de interpretar las leyes y de resolver problemas judiciales. Tribunales de derecho elegidos por el pueblo bueno y sabio, podrán emitir mejores sentencias, aunque no los acredite una carrera judicial ni la experiencia ni la práctica sean factores importantes. Al ser producto de una elección, serán más justos en sus resoluciones.
El problema para que, el pueblo que los va a votar, los conozca, es otra de las encrucijadas de la Reforma que, sobre la marcha, se va a tener que ir resolviendo, pues, ante las prisas por concluir los trámites legislativos, quedaron algunos temas pendientes. Se habla de que no hay presupuesto para las campañas de los aspirantes, ni público ni privado, por lo que tendrán que ingeniarse la manera de darse a conocer, tarea que no resulta fácil ante el número de cargos en juego.
Una posibilidad, que tal vez no tenga alternativa, es que “alguien” persona física, moral o inmoral, se avenga a apoyar candidaturas. Queda la duda cómo van a desarrollar sus campañas los aspirantes a juzgadores. Porque los diputados, senadores y demás candidatos a puestos de elección popular, fundamentan sus campañas y tratan de convencer a sus electores mediante promesas de obras públicas, gestoría y apoyo en la interlocución con el gobierno, entrega de bienes y servicios, etc.
Compromisos que el pueblo se los reclama, una vez que toman posesión del cargo. Pero en el caso que nos ocupa, los aspirantes solo pueden comprometerse a ser justos, a aplicar las leyes de la mejor manera que ellos las entiendan, pero no pueden ni deben ofrecer emitir fallos a modo, favorables con dedicatoria, pues la guía de su conducta y su compromiso es con la ley, no con quién los eligió.
Hay que recordar que en los juicios siempre hay, por lo menos, dos partes y que, invariablemente, una saldrá beneficiada y otra condenada. Esto es, una satisfecha y otra inconforme. Esta Reforma es un experimento judicial, que nos lleva a suponer que, el único logro cierto, será la sujeción del Poder Judicial, incluida la SCJN, a la voluntad del Poder Ejecutivo. Una negación al Sistema de División de Poderes, sin independencia, autonomía ni soberanía.
Una vez completada la reforma, con la integración de los nuevos juzgadores, se repetirá la historia que ya conocemos en la que el Legislativo, con evidente obsecuencia, continuará aprobando leyes de Palacio sin modificar una coma, mientras que el Judicial estará atento a las recomendaciones y necesidades del Ejecutivo.
Y¿el Estado de Derecho? pues al menos algo quedó de él, al no entrar la Corte en la discusión de la procedencia o no de las impugnaciones en contra de la Reforma Constitucional del Poder Judicial, ante la falta de un voto que sumara los 8 requeridos para analizar el tema. El tema es que, en el Estado de Derecho, cada Poder tiene que sujetarse a lo que establece la Constitución, sobre el principio de que la autoridad solo puede hacer lo que le autorizan las leyes a diferencia del pueblo que puede hacer todo lo que no le prohíbe la ley.
La jefa del Ejecutivo no puede desobedecer el mandato judicial, pues cometería desacato, pero siempre tiene las herramientas jurídicas para combatir el ordenamiento del Tribunal. Ella, como Presidenta de la República, ni los legisladores, tienen facultad para decidir que es legal o no. Ese es el campo de competencia del Poder Judicial.
Tampoco la Corte puede promulgar una ley, que es facultad del Ejecutivo, ni procesar la aprobación de una ley, facultad exclusiva del Legislativo. Cuando una autoridad se niega a cumplir una sentencia judicial, se pierde la certeza jurídica y se anula el Estado de Derecho. Conviene no olvidarlo. Octubre 7 de 2024
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