El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil negó un amparo a Grupo Nacional Provincial GNP, lo que obliga a la empresa a indemnizar hasta por 40 millones de pesos a un cliente, y marcará un precedente para impedir que las aseguradoras afecten los derechos humanos de sus clientes, al negarles información sobre sus contratos e imponer requisitos innecesarios para cumplirlos.
En 2017, GNP fue sentenciada por el Segundo Tribunal Unitario en Materia Civil y Administrativa del Primer Circuito quien señaló “la afectación directa al derecho constitucional de los consumidores de acceso a información adecuada” ya que la aseguradora negó tener un contrato con el cliente, incluso ante un juez federal, y luego impuso requisitos como pedirle a la familia un certificado de invalidez expedido por el ISSSTE, para intentar incumplir el contrato.
Un cliente a quien llamaremos Fernando pagó por más de 30 años su póliza de seguro de vida, a la que accedió gracias a sus prestaciones laborales como empleado del Gobierno Federal. A mediados de 2013, Fernando sufrió un infarto cerebral cuando regresaba de su trabajo, luego de su hora de comida. También tuvo un infarto al miocardio, y como secuela padeció inmovilidad en la mitad de su cuerpo y perdió el habla.
Luego de tres años de terapias y rehabilitación, Fernando logró comunicarle a su esposa, por señas, que tenía un seguro de invalidez por ser servidor público, pero que desconocía con qué empresa se había contratado el servicio. La familia presentó una queja ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
La Condusef requirió a Metlife y GNP (por ser empresas normalmente contratadas por el gobierno) información para determinar quién tenía el contrato del seguro por invalidez con Fernando. Ambas aseguradoras negaron tener el contrato. Los documentos finalmente fueron presentados por la instancia de gobierno en la que Fernando trabajaba.
La Organización Nacional de Responsabilidad del Estado (ONRE) tomó la representación legal del caso en 2016 y lo llevó ante un juez. En los alegatos, GNP exigió a Fernando presentar un certificado de invalidez expedido por el ISSSTE. “No es válido exigir el certificado de invalidez requerido, además de que el evidente estado de salud del asegurado le imposibilitaba realizar dicho trámite”, señaló la sentencia que se emitió en 2017 contra la aseguradora.
“El objetivo de ONRE es que este tipo de conductas inhumanas en atención médica, en contratos de seguros, no ocurra; y mientras más las autoridades tengan la valentía de condenar a este concepto de daños punitivos, esto dejara de ocurrir”, explicó en entrevista, Alberto Guerrero, presidente de la organización.
Ante estos hechos, GNP recurrió a un Tribunal Federal y solicitó un amparo que tras dos años de juicio le fue negado.
“Lo cuestionable para el Tribunal Colegiado es que se tardaron dos años para decir que la sentencia estaba bien hecha. Y tuvimos que esperar todo ese tiempo. Y Fernando en las condiciones en las que se encuentra, y los tratamos internacionales y la normativa aplicable a personas con discapacidad exigían hacerlo con mayor celeridad”, explicó el abogado.
ONRE pugna por la importancia de estas sentencias, en la que las aseguradoras son castigadas por practicas abusivas con sus clientes, sobretodo en casos donde están involucrados personas con discapacidad, edad avanzada y en condiciones de urgencia como es el caso de Fernando, los requisitos sean menores o bien más fáciles de obtener.
“Las aseguradoras valoran y dicen: ‘Bueno, de 100 personas me demanda una, entonces puedo absorber el costo de esa demanda’. Y las otras 99 se las ahorran. En cambio, si las condenas son significativas, la postura de las aseguradoras va a ser distinta. Dirán ‘me beneficia más pagar el contrato que arriesgarme a una demanda’”, explicó Alberto Guerrero.