– El documento cumple la filosofía de la reforma constitucional y asegura la cobertura para todos los mexicanos
– Confió en que el paquete sea aprobado en el actual periodo de sesiones
– El subsecretario de Comunicaciones, José Ignacio Peralta Sánchez, complementó el contenido de la ley secundaria de la Reforma de Telecomunicaciones
El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza, anunció que este día a las 12:02 horas el Presidente Enrique Peña Nieto envió al Senado de la República la iniciativa de decreto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Afirmó que la elaboración de esta ley secundaria de la Reforma de Telecomunicaciones ha sido plural y democrática. Tomó en cuenta observaciones de diversos sectores interesados y, en su esencia, busca cumplir la filosofía de la reforma constitucional que le da origen y la cual pretende –como lo expresó el Jefe del Ejecutivo Federal- asegurar la cobertura para todos los mexicanos, buenos precios en el servicio, así como la calidad en los mismos.
Ruiz Esparza, acompañado por el subsecretario de Comunicaciones, José Ignacio Peralta Sánchez, confió en que el paquete sea aprobado en el actual periodo de sesiones. En la sala de juntas, el titular de la SCT precisó que el documento regula ocho artículos de la Constitución: 6, 7, 27, 28, 73, 78, 94 y 105. Además, contiene 312 artículos, 46 capítulos, 16 títulos y 22 disposiciones transitorias.
Subrayó que esta iniciativa suple a la actual Ley Federal de Telecomunicaciones, publicada en 1995, y a la de Radio y Televisión divulgada en 1960.
El paquete de iniciativa, abundó, también comprende una nueva Ley del Sistema Público de Radiodifusión de México, con la cual se crea y regula el nuevo órgano público de radiodifusión ordenado y mandatado en la Constitución.
Asimismo, expuso, reforma, adiciona y deroga 11 ordenamientos en materia de telecomunicaciones: la Ley de Inversión Extranjera, la Ley Federal de Derechos de Autor, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley del Sistema Nacional de Información, Estadística y Geográfica, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el Código Penal Federal, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Administración Pública Gubernamental, la Ley de Asociaciones Público-Privadas y la Ley Federal de Entidades Paraestatales.
Ruiz Esparza destacó que esta ley secundaria regula el espectro radioeléctrico y los recursos orbitales, las redes de telecomunicaciones, los servicios públicos de interés general de telecomunicaciones y radiodifusión, la convergencia y la competencia entre éstos, y los derechos de los usuarios y las audiencias.
También, agregó, regula la distribución de competencias, principalmente entre el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la SCT y la Secretaría de Gobernación (Segob).
Detalló que al IFT le corresponde regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y la radiodifusión, el espectro, los recursos orbitales y los servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión, así como otorgar y revocar concesiones e imponer sanciones de manera principal.
En el caso de la SCT, indicó que le compete opinar sobre el otorgamiento de concesiones, instrumentar las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno de la República, de servicios satelitales y de las propias autoridades.
Otro de los rubros que corresponden a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes es adquirir y operar redes de telecomunicaciones y realizar acciones para el acceso a Internet de Banda Ancha en edificios e instalaciones públicas y la cobertura social.
Mientras que, especificó, a la Secretaría de Gobernación le corresponde ordenar, administrar y monitorear los tiempos del Estado y la transmisión de publicidad, además de vigilar que las transmisiones cumplan con lo establecido con la ley.
Por su parte, el subsecretario de Comunicaciones, José Ignacio Peralta Sánchez, complementó el contenido de la iniciativa de decreto, donde se incorporan obligaciones, reglas de contacto, causas de responsabilidad y remoción de comisionados, los temas de transparencia y las formas en que sesiona el Instituto, las facultades del órgano de control y del Consejo Consultivo también del IFT.
Informó sobre otras secciones como temas relacionados con el aspecto radioeléctrico, el otorgamiento y prórroga de concesiones, el área de concesión única del espectro y de recursos orbitales y el otorgamiento de autorizaciones para comercializadoras de servicios de telecomunicaciones.
La regulación sobre interconexión e interoperabilidad de las redes públicas de telecomunicaciones, el procedimiento para la determinación de agentes preponderantes y las medidas asimétricas que podrá imponer el Instituto, los mecanismos para verificar el cumplimiento de las obligaciones que se hubieran impuesto, la regulación sobre compartición de infraestructura y uso de los bienes del Estado para el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones en todo el país, la regulación sobre multiprogramación y la retrasmisión de señales radiodifundidas.
El paquete incluye también regulación con relación al Registro Público de Telecomunicaciones, que contiene el de concesiones y el de infraestructura instalada en el país, derecho de los usuarios y de las audiencias, las obligaciones de los concesionarios de colaborar con la justicia en materia de localización geográfica de equipos e intervención de llamadas.
Peralta Sánchez, añadió que también incluye bloqueos de señales en centros penitenciarios, robo o extravío de equipos móviles y regulación sobre contenidos y publicidad, especialmente a las que van dirigidos al público infantil, temas sobre propiedad cruzada y régimen de verificación y de sanciones para el sector.