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Desmienten que se privatizará sistema de aguas

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aguaEl líder de la CNC precisa que para nada se toca el artículo 27 constitucional ni la Ley General de Bienes Nacionales

– Por el contrario, integra disposiciones previstas con el fin de conservar la propiedad de las aguas para la Nación

– Se respetan derechos de los productores y se integra el principio del agua como un  asunto de Seguridad Nacional

 

Manuel Cota Jiménez, senador y presidente de la Confederación Nacional Campesina, manifestó hoy que el proyecto de dictamen de la Ley General de Aguas por ningún lado menciona o hace referencia  alguna de privatizar el vital líquido.

El líder de la CNC precisó que el documento de las Comisiones Unidas de Agua Potable  y Saneamiento y de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados “para nada toca el artículo 27 constitucional ni la Ley General de Bienes Nacionales”.

Por el contrario, enfatizó, integra las disposiciones previstas en dichos artículos con el fin de conservar la propiedad de las aguas para la Nación; se reconoce su importancia para cumplir con el mandato del derecho a la alimentación y se precisa la dotación mínima vital para cada persona que es de 50 litros, así como su uso en la agricultura, el sector pecuario y la acuacultura.

Al fijar el posicionamiento de los legisladores del sector agrario del PRI en la Cámara de Diputados sobre este tema, el dirigente de la CNC sostuvo que la Comisión Nacional del Agua no puede privar de sus derechos a los concesionarios del líquido para uso agrícola. En la conferencia de prensa, el senador Manuel Cota Jiménez estuvo acompañado por el coordinador de los 85 diputados federales de la CNC, Rubén Escajeda Jiménez; por José Antonio Rojo García de Alba, presidente de la Comisión de Agricultura y Distrito de Riego en San Lázaro y, entre otros, el diputado Kamel Athié Flores.

Pero sobre todo, manifestó el senador por Nayarit, “se integró el principio del agua como un  asunto de seguridad nacional; se tutelaron los derechos de las comunidades y ejidos sin necesidad de solicitar concesión alguna, igual sucede con su uso para consumo humano y doméstico; se cuidaron también los derechos de las asociaciones de usuarios y de los comités de cuenca para que estén debidamente representados los productores.

De acuerdo con el propio documento, lo que se busca es garantizar el derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico, así como regular las aguas nacionales.

En su título octavo, se establecen las acciones que se deben realizar para tener información completa y oportuna que permita conocer la situación que guardan los recursos hídricos del país, la forma en que se lleva a cabo su explotación, así como el desarrollo de nuevas estrategias y tecnologías para su manejo.

Por otro lado, en dicho título se retoman las restricciones para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, cuando existan causas de utilidad pública, contenidas en la Ley de Aguas Nacionales.

Asimismo, en la exposición de motivos de la Iniciativa se reconoce que México enfrenta una situación hídrica compleja y crítica, que requiere de la adecuada coordinación de los tres órdenes de gobierno y de la decidida y más vigorosa participación de la ciudadanía, para garantizar el derecho humano al agua para las presentes y futuras generaciones.

Asimismo, se destaca que en los últimos años, en México, la disponibilidad per cápita ha ido disminuyendo, derivado, entre otros aspectos, de factores socioeconómicos y climatológicos; es decir, a la concentración de la población en localidades urbanas que incrementa la demanda del líquido para satisfacer necesidades de alimentos, productos y servicios, así como a la presencia de fenómenos hidrometeorológicos como la sequía.