§ El Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil no admitió la demanda civil en vía de acción colectiva, en la que solicitaron que se reconociera como ilegal la liberación de organismos genéticamente modificados ya que con la liberación comercial se sobrepasarían los límites y restricciones de la ley.
§ La resolución pronunciada deja sin efecto la suspensión dictada, que impedía a SAGARPA y la SEMARNAT el expedir permisos para siembra de maíz genéticamente modificado.
§ Las autoridades están ahora en condiciones continuar con el proceso de evaluación y, en su caso, otorgar los permisos para la siembra del maíz genéticamente en etapa experimental, piloto y comercial de maíz transgénico.
El 18 de diciembre de 2013, el Juzgado Federal Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil, en el Distrito Federal, notificó a las partes que no se admitió la demanda civil en vía de acción colectiva, en la que diferentes grupos solicitaron que se reconociera como ilegal la liberación de organismos genéticamente modificados y que señalaba que con la liberación comercial se sobrepasarían los límites y restricciones de la ley.
Esto, luego de que el 17 de septiembre de este mismo año, el citado Juzgado ordenará a SAGARPA y SEMARNAT la suspensión de actos tendientes a emitir permisos para siembra de maíz transgénico en nuestro país.
La principal causa para no aceptar la demanda es que ésta no reunía los requisitos necesarios para ser admitida. Entre los principales argumentos está que, quien presentó la demanda no tiene legitimación pues no se demostró que los integrantes de la colectividad la hubieran designado como representante común o que le hubieran solicitado que los representara. Adicionalmente, no se relataron o acreditaron los daños.
En este sentido, Alejandro Monteagudo, presidente ejecutivo y director general de AgroBIO México, indicó que “después de 17 años de consumo de alimentos transgénicos a nivel mundial no se puede dudar de su inocuidad. En México contamos con un sólido y estricto marco regulatorio aplicable a las siembras de cultivos genéticamente modificados, basados en la evaluación científica y en un análisis económico y ambiental”.
En el documento expedido por el Juzgado se señala que, conforme a los mecanismos de consulta a órganos especializados, previstos en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, antes de una acción colectiva, es necesario que exista un pronunciamiento de SEMARNAT, que determine la existencia de algún daño ambiental o a la biodiversidad.
Expresamente se indica también que se deja sin efecto la suspensión dictada, lo que significa que la SAGARPA y la SEMARNAT están en condiciones de continuar con los procesos correspondientes y, por ende, expedir permisos para siembra experimental, piloto y comercial de maíz transgénico.
Monteagudo destacó que “los cultivos genéticamente modificados también han permitido hacer frente los desafíos de la agrícultura, como el cambio climático. Además, han contribuido a conservar la biodiversidad, preservando en el mundo más de 90 millones de hectáreas de tierras no agrícolas destinadas a servicios ambientales, reservas naturales y áreas protegidas”.
Se espera que esta resolución, dentro del marco de la ley, sea un avance en la adopción de la biotecnología en nuestro país, como una herramienta más que promueva el desarrollo del campo.
“Estamos convencidos de que la siembra de maíz genéticamente modificado es una opción que puede apoyar al agricultor a ser más productivo. Habiendo quedado sin efecto la suspensión, confiamos en que nuestras autoridades reactiven los procesos de evaluación y emisión de permisos para la siembra experimental, piloto y/o comercial de maíz genéticamente modificado, como una herramienta sustentable fundamental que puede contribuir a alcanzar la seguridad alimentaria de México”, indicó el director general de AgroBIO México.