Proceso y Solicitud del Retiro Afore

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El ahorro que cada trabajador construye semana a semana en su Afore se convierte, al llegar la edad de retiro, en el respaldo económico para su vejez.

Proceso y Regímenes

Al respecto, Afore SURA te cuenta lo que debes saber de este proceso sobre el retiro total y la situación pensionaria de cada persona.

En este sentido, el régimen pensionario aplicable y sus requisitos dependen del momento en que el trabajador comenzó a cotizar formalmente ante el IMSS.

Régimen y Requisitos

  1. Pensión por Régimen 73: si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997 Salario promedio: cálculo con las últimas 250 semanas cotizadas Semanas mínimas: al menos 500 reconocidas en el instituto.

Edad requerida: 60 años para la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada y 65 años para la Pensión por Vejez con las subcuentas adicionales.

Modalidades de Pensión

Condición laboral: estar dado de baja en el IMSS y mantener vigencia de derechos; de lo contrario, aunque cumplas con los demás requisitos, no podrás pensionarte.

  1. Pensión por Régimen 97: si empezaste a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 Saldo acumulado: la pensión depende del ahorro en la Cuenta Individual.

Trámites y Documentación

Semanas mínimas: en 2026 se requieren 875; aumentan 25 por año hasta llegar a 1,000 en 2031 con modalidades de pensión específicas.

Para iniciar el trámite de pensión ante el IMSS, te solicitarán la siguiente documentación oficial e identificación vigente.

Resolución y Disposición

Una vez concluido el trámite, el IMSS emitirá una resolución de pensión o una negativa para conocer la disposición de recursos.

En Afore SURA queremos ayudar a las personas a prepararse para obtener una mejor pensión y tomar decisiones informadas desde hoy mediante asesoría integral y soluciones.

  1. Pensión por Régimen 73: si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997
  • Salario promedio: cálculo con las últimas 250 semanas cotizadas.
  • Semanas mínimas: al menos 500 reconocidas en el IMSS.
  • Edad requerida: 60 años para la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada y 65 años para la Pensión por Vejez.
  • Subcuentas adicionales: posibilidad de retirar recursos de SAR 92, Retiro 97, INFONAVIT y Aportaciones
    Voluntarias.
  • Condición laboral: estar dado de baja en el IMSS y mantener vigencia de derechos; de lo contrario, aunque
    cumplas con los demás requisitos, no podrás pensionarte.

2. Pensión por Régimen 97: si empezaste a cotizar a partir del 1 de julio de 1997

    • Saldo acumulado: la pensión depende del ahorro en laCuenta Individual; en este influyen elementos como
      el salario de cotización, los rendimientos generados por la Afore y las Aportaciones Voluntarias.
    • Semanas mínimas: en 2026 se requieren 875; aumentan 25 por año hasta llegar a 1,000 en 2031.
    • Edad requerida: 60 años para la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada y 65 años para la Pensión por Vejez.
    • Modalidades de pensión:
      o Renta Vitalicia: contratada y pagada por una aseguradora.
      o Retiro Programado: pagada por tu Afore.
      o Pensión Garantizada: otorgada por el Estado si cumples edad y semanas mínimas.
      ¿Qué pasos debes seguir?
      Para iniciar el trámite de pensión ante el IMSS, te solicitarán la siguiente documentación:
    • Identificación oficial vigente
    • Un documento que contenga tu Número de Seguridad Social (NSS), como la constancia de Semanas
      Cotizadas y/o la Constancia de Vigencia de Derechos del IMSS.
    • CURP
    • Acta de nacimiento en original y copia, con identificadores electrónicos
    • Comprobante de domicilio
    • Carátula de estado de cuenta bancario, con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), de un banco
      que tenga convenio con el IMSS.
    • Estado de cuenta de tu Afore que acredite tu registro en la administradora.
      Una vez concluido el trámite, el IMSS emitirá una Resolución de Pensión o, en su caso, una Negativa de Pensión.
      Este documento permitirá conocer si la persona recibirá una pensión o si puede solicitar la disposición de los
      recursos de su Cuenta Individual en una sola exhibición.
    • En caso de una resolución a tu favor, tu Afore transferirá tus recursos al IMSS para que comience el depósito
      mensual de tu pensión, de acuerdo a la modalidad de retiro seleccionada.
    • Si recibes una negativa de Pensión, acude a tu Afore con la documentación señalada y la Solicitud de
      Disposición de Recursos que te proporcionará el IMSS, debidamente llenada y firmada.
    • En un plazo no menor a seis días hábiles, la administradora pondrá a tu disposición los recursos que te
      corresponden.

    By Laura Larrondo

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